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Martes 19 de Marzo 2024

SCJN admite acciones de inconstitucionalidad contra Ley de Seguridad Interior

 

La Corte informó, que en virtud de existir identidad respecto del decreto combatido, todas las demandas sobre este tema han sido turnadas al Ministro Instructor Pardo Rebolledo


Las acciones de inconstitucionalidad contra la “Ley de Seguridad Interior”, que promovieron por separado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como Senadores de la República fueron admitidas por el Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Mario Pardo Rebolledo.

En el acuerdo de admisión, el ministro instructor ordenó notificar al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores, en su caso, a través de la Comisión Permanente, señalados como autoridades responsables en las demandas, para que rindan su informe dentro del plazo de quince días hábiles posteriores al siguiente al en que surta efectos la notificación.

A fin de integrar debidamente el expediente, el Ministro Pardo Rebolledo, requirió al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores y de quien legalmente las representan, para que al rendir su informe envíen a la SCJN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.

Dichos antecedentes deben incluir la iniciativa, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que consten las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos diarios de debates.

De igual manera el Poder Ejecutivo Federal se le requirió para que, en el mismo plazo, envíe al alto tribunal un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en el que se publicó el Decreto por el que se expide la ”Ley de Seguridad Interior”.

Además se advirtió a las autoridades requeridas que, de no cumplir con lo ordenado, se les impondrá una multa.

La funcionarios de la Corte informaron, que en virtud de existir identidad respecto del decreto combatido, todas las demandas sobre este tema han sido turnadas al Ministro Pardo Rebolledo, Ministro Instructor quien tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos de sentencia respectivos.

Hasta ahora, el Ministro Pardo ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Diputados, Senadores, la CNDH y el INAI, así como una controversia constitucional presentada por el Municipio de Cholula, Puebla, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la “Ley de Seguridad Interior”, promulgada por el Presidente de la República y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del 2017.

El Ministro Pardo desechó la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, debido a que los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para solicitar la invalidez de normas de naturaleza electoral.

Con información de Guillermo Espinosa/@Guiesga

smg