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Viernes 19 de Abril 2024

Se registra segunda explosión, en menos de una semana, en Tultepec

 

En lo que va del mes, al menos tres explosiones se han registrado en la zona dejando heridos, muertos y talleres destrozados


Una nueva explosión sacudió a Tultepec, Estado de México, la mañana de este viernes cuando un polvorín ardió en llamas en el barrio de La Saucera.

La explosión despertó a los habitantes de esta zona que alertaron a elementos de protección civil y bomberos, quienes sofocaron el fuego y evitaron que se propagara a talleres de pirotecnia que se encontraban alrededor.

Por esta explosión, la segunda registrada en menos de una semana, dos personas resultaron heridas, mismas que fueron trasladadas a la Clínica 98 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Apenas el 27 de noviembre se registró otra explosión en un taller del mismo lugar que no dejó personas lesionadas ni afectaciones en otros talleres.

La última vez que autoridades solicitaron revisar los talleres de la zona fue el 11 de julio cuando la entonces senadora perredista Angélica de la Peña Gómez presentó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión una proposición con punto de acuerdo para pedir la intervención de la Secretaría de la Defensa Nacional para que llevaran a cabo una inspección.

¿Y la ley?

1.-Los lineamientos se encuentran en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y ahí se especifica que las actividades industriales y comerciales relacionadas con explosivos se sujetarán a las disposiciones que dicte la Secretaría de la Defensa Nacional.

2.- Se requieren permisos específicos para realizar actividades que tengan que ver con explosivos y sustancias químicas, éstos son otorgados por la Secretaría de la Defensa Nacional con conocimiento de la Secretaría de Gobernación y son los siguientes:

Permiso general: Se otorga a negociaciones o personas que se dediquen a estas actividades de manera permanente.

Permiso ordinario: Se expedirá en cada caso para realizar operaciones mercantiles entre sí o con comerciantes de otros países, a las negociaciones con permiso general vigente.

Permiso extraordinario: Se otorga a quienes de manera eventual tengan necesidad de efectuar alguna de las operaciones que especifica la Ley.

3.-El artículo 85 de la Ley señala que se impondrá de dos a diez años de prisión y de veinte a quinientos días de multa a los comerciantes de explosivos, que los adquieran sin comprobar la procedencia legal de los mismos.

4.- De acuerdo con el artículo 86, se impondrá de tres meses a tres años de prisión y de dos a doscientos días multa a quienes, sin el permiso respectivo, compren, transporten, organicen, reparen, transformen o almacenen explosivos.

5.- Se impondrá de un mes a dos años de prisión y de dos a cien días multa, a quienes manejen fábricas, plantas industriales, talleres, almacenes y demás establecimientos que se dediquen a las actividades reguladas por Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, sin ajustarse a las condiciones de seguridad a que estén obligados.