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Viernes 08 de Noviembre 2024

Diputados aprueban en lo general Ley de Seguridad Interior

 

Con los votos en contra de PRD y Morena, PRI y sus aliados PVEM, Encuentro Social y Nueva Alianza avalan la legislación para regular el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública


El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con la mayoría priista y los votos del Verde, Encuentro Social y Nueva Alianza, la Ley de Seguridad Interior para regular el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.

Entre pancartas en contra, la dispensa de los trámites, el rechazo de tres mociones suspensivas de Morena y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y un receso, el pleno avaló, con 248 votos en pro, 115 en contra y 48 abstenciones, la expedición de la ley en la materia y quedaron a discusión en reserva 101 artículos.

Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Gobernación, la priista Mercedes del Carmen Guillén Vicente rechazó que el dictamen signifique la militarización del país, porque toda intervención estará sujeta a una temporalidad específica que no podrá exceder de un año y, únicamente, podrá prorrogarse por acuerdo del Ejecutivo.

Negó tajante que vaya a haber violación de los derechos humanos y las garantías de las personas.

La aplicación de la Ley de Seguridad Interior corresponderá a las fuerzas estatales y federales, y sólo cuando la gravedad de la situación lo amerite y como último recurso del Estado, a las Fuerzas Armadas.

Establece, además, que la actuación de las autoridades se realizará en un marco de corresponsabilidad y señala obligaciones específicas para que cumplan a la brevedad con los fines de la Declaratoria de Protección de Seguridad Interior.

La legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI) subrayó que el incumplimiento de las obligaciones de la ley será sancionado de acuerdo con los artículos 112 y 113 de la Constitución, garantizando el equilibrio de poderes.

Defendió el proyecto de decreto mediante el cual se expide la ley en la materia, como instrumento legal que regula la participación de fuerzas federales y Fuerzas Armadas en las tareas de defensa y preservación de la seguridad y la paz en el interior del territorio nacional.

“Respuesta idónea a los nuevos y complejos escenarios de inseguridad por los que atraviesa la nación, que ponen en riesgo a las personas y a las instituciones que conforman el Estado mexicano”, subrayó.

La también priista Martha Tamayo Morales aclaró que la Cámara sí está facultada para legislar en la materia y afirmó que la seguridad interior es la encargada de garantizar el respeto y el orden dentro del país y esa es precisamente la función que busca regular el actuar de las Fuerzas Armadas.

Al fijar su postura, la diputada de Nueva Alianza Mirna Saldívar Paz alertó que la Ley de Seguridad Interior no se puede posponer más y sostuvo que su bancada está convencida de que resulta imperativo contar con las condiciones normativas idóneas para que las Fuerzas Armadas realicen su labor a favor de los mexicanos.

Por el Verde Ecologista, Sofía González Torres recordó a Movimiento Ciudadano que el Partido Acción Nacional (PAN), su ahora aliado en el Frente Ciudadano, es el que sacó a más Fuerzas Armadas a las calles.

La perredista Cristina Ismene Hernández y el diputado Jorge Álvarez Maynez plantearon el aplazamiento de la discusión, lo cual fue rechazado por votación económica.

El documento avalado precisa que las Fuerzas Armadas, sin perjuicio de las misiones que tienen asignadas en la Constitución, y en sus leyes orgánicas, sólo intervendrán mediante la emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, cuando las capacidades de las fuerzas federales resulten insuficientes para reducir o contener la amenaza de que se trate.

Además, que las autoridades federales, incluyendo a las Fuerzas Armadas, en el ámbito de sus respectivas competencias, implementarán sin necesidad de declaratoria de protección a la seguridad interior, políticas, programas y acciones para identificar, prevenir y atender oportunamente, según su naturaleza, los riesgos previstos en la Agenda Nacional de Riesgos.

Establece que corresponde a las autoridades federales, incluyendo las Fuerzas Armadas, por sí o en coordinación con los demás órdenes de gobierno, identificar, prevenir, atender, reducir y contener las amenazas a la seguridad interior.

Los actos realizados por las autoridades con motivo de la aplicación de esa ley deberán someterse, en todo momento y sin excepción, a la preservación irrestricta de los derechos humanos y sus garantías, de conformidad con los protocolos emitidos por las autoridades correspondientes.

De igual forma, señala que el Ejecutivo federal podrá ordenar por sí o a petición de las legislaturas de las entidades federativas, o del gobernador respectivo en caso de receso de aquellas, la intervención de la Federación para la realización e implementación de acciones de seguridad interior en el territorio de una entidad federativa o zona geográfica del país, previa emisión de una declaratoria de protección a la seguridad interior.

Lo anterior, cuando se comprometan o superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes para atenderla, o se originen por la falta o colaboración insuficiente de las entidades federativas y los municipios en la preservación de la seguridad nacional, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley de Seguridad Nacional.

En aquellos casos en que las amenazas representen un grave peligro a la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones fundamentales de gobierno, el presidente de la República, bajo su estricta responsabilidad, podrá ordenar acciones inmediatas a las dependencias y entidades de la administración pública federal, incluidas las fuerzas federales y las Fuerzas Armadas.

Precisa que “las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen pacíficamente de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como amenazas a la seguridad interior, ni podrán ser materia de declaratoria de protección a la seguridad interior”.

El dictamen plantea que la Secretaría de Gobernación (Segob) implementará esquemas de colaboración necesarios para la efectiva coordinación y ejecución de las acciones dicha declaratoria.

Precisa que las autoridades federales, incluidas las Fuerzas Armadas, llevarán a cabo acciones de seguridad interior necesarias, pertinentes y eficaces para identificar, prevenir y atender riesgos en aquellas zonas o áreas geográficas del país, vías generales de comunicación e instalaciones estratégicas que lo requieran, así como para garantizar el cumplimiento del Programa de Seguridad Nacional y la Agenda Nacional de Riesgos.

Con información de Notimex

dgp