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Viernes 19 de Abril 2024

Diputados concluyen trámite de la Reforma a la UIF

 

El documento, debido a este cambio, fue devuelto nuevamente a la Cámara de Senadores.


Luego de más de un mes de mantenerla en suspenso, finalmente la Cámara de Diputados concluyo el trámite a la minuta del Senado que faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda de “congelar” cuentas bancarias de personas sospechosas de lavado de dinero y presunto financiamiento al terrorismo.

El documento, debido a este cambio, fue devuelto nuevamente a la Cámara de Senadores.

Desde el pasado 6 de noviembre quedó incluso el trámite legislativo, luego de que la diputada de Morena, Nidia García Anaya, presentó una modificación, que fue aprobada por la oposición y que consiste en que la UIF tiene que notificar por escrito sobre el bloque de las cuentas bancarias a los presuntos sospechosos de estos delitos.

Mario Delgado, coordinador de la bancada morenista al no estar de acuerdo con este cambio, se quejó de que el tablero electrónico se había cerrado con mucha celeridad para evitar que los de su partido votaran en contra e impedir que la reserva de su compañera pasará.

La diputada García Anaya celebró que se haya respetado la votación del 6 de noviembre.

Quiero expresar mi beneplácito por haber respetado la votación del 6 de noviembre de este año. Estas reformas son en favor de los ciudadanos, de los empresarios, de los migrantes. Y si hay algún ilícito en las cuentas bloqueadas es facultad de la Fiscalía General de la República perseguir el delito porque solo corresponde al Ministerio Público su seguimiento y su sanción”.

Sin embargo, su compañero Porfirio Muñoz Ledo afirmó que se trató de una votación “cachirul”.

Esta votación ya la tuvimos, ya está juzgada, ya tuvimos esta votación es la del 26 de octubre y luego la del 6 de noviembre. Esto en términos de calle se llama cachirul”, expresó el polémico legislador.

El documento modifica la denominación del Título Quinto de la legislación y adiciona un Capítulo V a este Título, denominado “De la garantía de audiencia de la Ley de Instituciones de Crédito”.

Esta reforma armoniza los criterios judiciales vertidos en materia de bloqueo de operaciones activas y pasivas bancarias con motivo de causas nacionales por parte de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto al congelamiento de cuentas bancarias.